En el caso de que nos haya sido comunicado por parte de la empresa la decisión de despido, no olvidemos que el plazo para reclamar frente al mismo es de 20 días. El plazo es de caducidad. Esto quiere decir que transcurrido dicho plazo sin haber iniciado las acciones legales correspondientes nuestra acción se perderá y no podremos hacer nada frente a la decisión del despido laboral.
Ante un Despido debemos reclamar frente al mismo siempre que no estemos conformes. El plazo es de caducidad y son 20 días hábiles.
En primer lugar se debe presentar la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y conciliación. Una vez presentada, los plazos se paralizan hasta la fecha de celebración o en su caso quince días. Debemos estar atentos por si por cualqueir motivo el plazo de señalamiento del acto de conciliación fuese mayor, ya que deberíamos renaudar el cómputo a partir del día quince aunque no es lo habitual.
Una vez celebrado el plazo de conciliación, deberemos tener en cuenta los días consumidos, pues esos serán los que nos queden para la presentación de la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Una vez presentada la demanda ante la Oficina de Reparto, esta se encargará de repartirla al Juzgado correspondiente. Este será el que lo admita o en su caso nos requiera para las subsanaciones oportunas. Normalmente este trámite se le notificará al Abogado Laboral designado al efecto.
Si precisa un Abogado laboralista contacte con nuestro Despacho en el que estaremos encantados de atenderle en su procedimiento de despido.